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Pasivo insatisfecho

¿Qué es el pasivo insatisfecho?

El pasivo insatisfecho es el conjunto de deudas que restan sin pagar tras la conclusión de un procedimiento concursal, ya sea porque se han liquidado todos los bienes del deudor y el dinero no ha sido suficiente para cubrir todo lo debido, o porque se ha cumplido un plan de pagos parcial. En términos prácticos, es la «deuda pendiente» que el deudor no puede afrontar con su patrimonio actual.

El objetivo fundamental de la Ley de Segunda Oportunidad es, precisamente, obtener el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), que es el perdón legal y definitivo de estas deudas para permitir que la persona física o el autónomo pueda empezar de nuevo sin lastres financieros.

En Koncursal asesoramos a personas físicas y autónomos que necesitan valorar si pueden acogerse a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho y cancelar sus deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad.

Requisitos para exonerar el pasivo insatisfecho

Para que un Juzgado conceda la cancelación de las deudas pendientes, deben cumplirse ciertos requisitos esenciales que garantizan la integridad del proceso:

  • Buena fe del deudor: Es el pilar del procedimiento. Se debe demostrar que la insolvencia no ha sido provocada voluntariamente y que se ha colaborado con la administración de justicia.
  • Inexistencia de antecedentes penales: No haber sido condenado por delitos socioeconómicos, patrimoniales o contra la Hacienda Pública en los diez años anteriores.
  • Liquidación previa o Plan de pagos: El deudor debe haber liquidado sus activos o, en caso de querer salvar su vivienda habitual, someterse a un plan de pagos riguroso para la deuda no exonerable.
  • No haber obtenido la exoneración recientemente: Existe un plazo de seguridad para volver a solicitar este beneficio.

La buena fe del deudor es uno de los pilares del procedimiento. Para que pueda concederse la exoneración del pasivo insatisfecho, el deudor debe demostrar que no ha provocado voluntariamente su insolvencia, que ha colaborado con el juzgado y que cumple los requisitos legales exigidos. Puedes ampliar este punto en nuestra guía sobre los requisitos del deudor de buena fe.

Tipos de deudas en el pasivo insatisfecho

No todas las deudas se comportan igual ante la exoneración. Es fundamental distinguir su naturaleza:

  1. Créditos exonerables: Incluyen la mayoría de deudas privadas, como préstamos bancarios, tarjetas de crédito, deudas con proveedores y préstamos personales.
  2. Créditos no exonerables: Deudas por alimentos, deudas derivadas de delitos o deudas por responsabilidad civil extracontractual.
  3. Deuda pública (Hacienda y seguridad social): Aunque la ley permite exonerar hasta ciertos límites (generalmente hasta 10.000 € por organismo), el resto del pasivo público suele requerir un plan de pagos específico.

Diferencias entre exoneración con liquidación y con plan de pagos

CaracterísticaExoneración mediante liquidaciónExoneración con plan de pagos
Destino de los bienesSe venden todos los bienes para pagar la deudaSe mantienen bienes (como la vivienda) a cambio de pagos
PlazoInmediato tras la liquidación De 3 a 5 años según el plan aprobado
FinalidadCierre total y rápido del pasado financiero Viabilidad y protección del patrimonio mínimo

Si necesitas saber qué parte de tus deudas puede exonerarse y si cumples los requisitos para solicitar el EPI, puedes contactar con un abogado concursal de Koncursal.